miércoles, 21 de diciembre de 2011

OCI-INDECOPI se pronuncia sobre denuncia a exjefe Indecopi- Ica



  • Cargos fueron presentados por Defensoría del Vecino

Con fecha 19 de julio del 2011 la DEFENSORIA DEL VECINO presentó queja al Órgano de Control Institucional del INDECOPI (OCI), solicitando la destitución del Abogado Gianfranco Mejía Trujillo, Ex Secretario Técnico de la Comisión de la Oficina Regional del INDECOPI ICA, y de la Jefa de la ORPS de INDECOPI ICA Abogada Yoshi Anahui Sandoval.

Las imputaciones fueron:
1.- Por inconducta funcional al utilizar las oficinas de la Autoridad del Consumo en Ica para actividades ajenas al servicio público (celebraciones y fiestas en el último día laborable del 2010), constituyendo ilícito penal de peculado en uso de los bienes del estado e infracción al código de ética de la función pública.

2.- Por conducta “ociosa” al negarse a realizar las inspecciones de oficio de los proveedores denunciados, inclusive teniendo bajo recomendación de hacerlo del Tribunal del INDECOPI (se negó inspeccionar a los notarios de Ica, a grifos, a empresas de transportes de pasajeros terrestres, a distribuidoras de gas doméstico, empresas turísticas Etc.), poniendo en peligro de sanción y denuncias penales al denunciante.

3.- No cumplir con las disposiciones de su superior en grado, es decir de la Sala de Defensa de Competencia del Tribunal del Indecopi, en 6 procesos a Instituciones Educativas de Ica del año 2008, el Tribunal del Indecopi declaró la nulidad de los procedimientos y resolvió lo siguiente: “Ordenar a la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Ica que emita un nuevo pronunciamiento cumpliendo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución”.
Sin embargo, dichos procedimientos se encontraban “estancados” sin que se haya cumplido a la fecha de la queja con continuar con el procedimiento de oficio iniciado.

4.- Por poner en peligro procesal y resolutivo las denuncias ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos (cuyo agravio sea menor a 3 UIT),  pues, el asistente encargado del expediente en primera instancia interviene en el mismo expediente en segunda instancia, en la Comisión, y de esta manera apoyar y defender lo que realizó en primera instancia, desnaturalizando el procedimiento de doble instancia en donde personas con otro y mayor criterio revise el expediente.

5.- Por tener interés de no realizar la denuncia de oficio a la Universidad Privada San Juan Bautista, ante las múltiples denuncias de los abusos en Ica de cobros indebidos, teniendo conocimiento por ser profesor de dicha casa de estudios.

El Órgano de Control Institucional del INDECOPI, ha evaluado la queja de la DEFENSAORIA DEL VECINO y ha recomendado a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI adopte las medidas correctivas pertinentes, con fecha 09 de diciembre del 2011 nos pone en conocimiento las conclusiones y recomendaciones efectuadas.

El Sr.  Gianfranco Mejía Trujillo cesó en sus funciones el 03 de agosto del 2011, la Srita. Yoshi Anahui Sandoval cesó el 17 de noviembre del 2011.



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