miércoles, 26 de septiembre de 2012

Anulación de fallo Villa Stein es la forma más rápida de cumplir resolución de Corte IDH


                                           
Víctor García Toma, expresidente del
Tribunal Constitucional
Lima, set. 26 (ANDINA). La anulación del fallo que favorece a los integrantes del Grupo Colina será la forma más rápida de dar cumplimiento a la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), afirmaron hoy los juristas Avelino Guillén y Víctor García Toma. 

La resolución ordena corregir una sentencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por Javier Villa Stein, que rebaja las penas a los integrantes del Grupo Colina y les retira el calificativo de lesa humanidad, en el caso de la matanza de Barrios Altos. 

Como exfiscal supremo, Guillén sostuvo que el cumplimiento de la resolución de la Corte es una obligación para el Estado, y a fin de cumplir con su ejecución, mencionó que hay dos vías para anular ese fallo. 

“Lo que corresponde al doctor Villa Stein es acatar en todos sus extremos el fallo que ha dictado la Corte. Para ello hay dos salidas: la primera es que la propia sala puede anular esa sentencia que contraviene la Convención Americana de Derechos Humanos”, anotó. 

Recordó que ya existen antecedentes sobre la anulación de una sentencia suprema, cuando una sala transitoria dejó sin efecto en enero de 2011 a un fallo emitida por la Sala Suprema en el año 2009. 

La segunda vía –según explicó García Toma- es aquella establecida por el propio Ministerio de Justicia con la presentación de una acción de amparo presentada por la procuraduría especializada en asuntos constitucionales, para anular los efectos del fallo Villa Stein. 

“Hay caminos y el tiempo suficiente como para que el Perú adecue su sentencia a los mandatos de la Corte hasta enero del 2013, que es el plazo otorgado (…) Pero considero que los jueces están obligados a cumplir los tratados, la Constitución y las leyes”, manifestó. 

Como expresidente del Tribunal Constitucional, refirió que diversas instancias nacionales declararon la matanza de Barrios Altos como un delito de lesa humanidad, lo cual concuerda con la Convención Americana de Derechos Humanos, base de la Corte de San José. 

Ambos juristas consideraron en TV Perú que la anulación del fallo de la sala Villa Stein es la vía más expeditiva y rápida para cumplir con la resolución de la Corte Interamericana, además de ser una obligación para Perú por ser un país signatario de la Convención. 

Perú suscribió la Convención Americana de Derechos Humanos en 1968, y en 1979 la Constitución estableció la jurisdicción supranacional y elevó a rango constitucional a este documento. 

Posteriormente, en el año 1981, el Gobierno peruano decidió someterse a la Corte, y luego la Constitución de 1993 colocó en su cuarta disposición final y transitoria la obligación que tienen los jueces y fiscales en el Perú de aplicar los precedentes de la Corte.

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