Mediante RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000318-2023-VMPCIC/MC, se declara Patrimonio Cultural de la Nación a la expresión cultural Danza de las pastoras yauyinas, de la provincia de Yauyos, región Lima, la gestión fue básicamente realizada por la Directiva de la Asociación provincial Pastoras Yauyinas con la asesoría del Antropólogo Dennis Meza.
A continuación reporoducimos textualmente la resolución:
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000318-2023-VMPCIC/MC
San Borja, 14 de diciembre del 2023
VISTOS: el Informe N° 000835-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000048-2023-DPI-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación Nº 000847-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fiestas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, mediante Carta N° 258-2023-APPY, la Asociación Provincial de Pastoras Yauyinas, solicitan ante el Ministerio de Cultural, la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza de las Pastoras Yauyinas, de la provincia de Yauyos, departamento de Lima, adjuntando para el efecto, el expediente técnico que lo sustenta;
Que, sobre los orígenes e historia de la Danza de las pastoras yauyinas, se tiene como antecedente la danza del haylliua o el aylle agrícola, por ello en el distrito de Quinches también se le denomina como aylle a la Danza de las pastoras yauyinas. Sobre el significado del vocablo “aylle”, los pobladores más antiguos de pueblos como Quinches, Ayauca y Ayavirí afirman que es la castellanización del haylli o el haylliua. Al respecto, en los manuscritos quechuas de Huarochirí también se deja constancia de la danza del haylliua, que era realizado por las pobladoras de Mama (hoy distrito de Ricardo Palma de la provincia de Huarochirí, a 966 msnm) en honor a su principal divinidad, Chaupiñamca, huaca de fertilidad que representa a lo femenino dentro de la cosmovisión de los antiguos yauyos;
Que, los rituales relacionados a esta huaca figuran en uno de los pasajes de Dioses y hombres de Huarochiri, escritos por el presbítero Francisco de Ávila en el siglo XVI. Dicho pasaje, traducido por José María Arguedas, detalla una festividad del mes de junio en la que las mujeres realizaban una danza denominada Haylliua: “(…) los habitantes de Mama, para celebrar la fiesta de Chaupiñamca, le ofrendaban un poco de chicha, en la víspera de Corpus Christi. (…) Para la fiesta, se reunía la gente de todas partes, hombres y mujeres, sus curacas y sus alcaldes. Así juntos, bailaban toda la noche hasta el amanecer, bebiendo, embriagándose; pasaban hasta la aurora danzando el baile llamado Ayllihua. (…) Cuando se les pregunta: “¿Cómo celebraban la fiesta antes de la llegada de los huiracochas (españoles)?” ellos dicen: “Antes de que aparecieran los españoles bebían, cantaban y se embriagaban durante cinco días en el mes de junio, pero desde que los huiracochas llegaron, sólo celebran a Chaupiñamca durante la víspera del Corpus”;
Que, para el caso de Yauyos, según la documentación de las Juntas y Sociedades de los pueblos de Ayavirí, Ayauca, Carania, Huampará, Omas, Quinches, San Joaquín y Tauripampa, se tiene que, al menos desde 1890, la danza del Aylle era realizada por los campesinos en las chacras de estos pueblos. Igualmente, la danza del Aylle se llevaba a cabo durante los meses de inicio de lluvia, como en el mes de diciembre, con el fin de celebrar las primeras lluvias, la fertilidad de la tierra y el inicio de las siembras. Por otro lado, se tiene que otro antecedente de la Danza de las pastoras yauyinas se encontraría en las danzas de pallas. Al respecto, las pallas eran mujeres que, durante el período Inca, eran consideradas como hijas del sol, así como representantes de la Luna o Mama Quilla. El rol ritual de estas mujeres ha sobrevivido en varios lugares de los andes a través de la danza de las Pallas, mujeres jóvenes que bailan en las fiestas patronales de diversos santos, como San Pedro, San Pablo o la Virgen del Rosario. Esta manifestación cultural ampliamente difundida y reconocida como patrimonio cultural de la nación en varias zonas del Perú;
Que, antiguamente, la danza de las pallas era una tradición ampliamente difundida en la costa central. Al respecto, el escritor Carlos Prince mencionó en su obra Lima Antigua. Tipos de antaño con numerosas viñetas, de 1890, lo siguiente: “[En] Las Pascuas y el año nuevo, salían las payas a recorrer la población. Eran las payas unas indias jóvenes, vestidas a la usanza de su pueblo, que iban acompañadas de sus respectivas parejas y de una diminuta orquesta, compuesta de harpa, violín y pitos de caña que ellos fabrican. Las payas bailan en las calles y entran a las casas a hacer lo mismo”. Igualmente, el costumbrista Ricardo Palma describió en sus célebres relatos Tradiciones peruanas, de 1892, la tradición denominada El mes de diciembre en la antigua Lima. Sobre esta, indicó que, al final de la misa de Aguinaldo, “(…) un grupo de pallas bailaba la cachua y el maisillo, cantando coplas no siempre muy ortodoxas. (…) La aristocracia y la clase media se encaminaban a los templos donde las pallas cantaban en el atrio villancicos (…)”. Por lo descrito por Palma, se entendería que la presentación de la danza de las pallas habría constituido una tradición durante la temporada de navidad;
Que, en el caso particular de la provincia de Yauyos, la presentación de la danza de pallas o de Huañas más antigua, y de la que se tiene registro en el pueblo de Tauripampa, data de 1892. En aquel año se fundó la Sociedad del Niño Jesús de Tauripampa. La danza de las pallas consistía en la danza patronal con el acompañamiento musical, únicamente, del arpa, violín y flauta. Esta danza era ampliamente difundida en toda la provincia de Yauyos y se realizaba en varias épocas del año, de las que adquiría su denominación: pallas de Navidad (25 de diciembre), pallas de la Candelaria (2 de febrero), pallas de San Pedro y San Pablo (29 de junio), etc. La modernización de esta danza y la introducción de nuevos instrumentos musicales ha dado lugar a las denominadas pallas modernas. Estas últimas se realizan, principalmente, en la zona norte y centro de la provincia de Yauyos;
Que, por otro lado, la educadora Nélida Suyo menciona que, antes del siglo XIX, en lugares como Huañec y pueblos aledaños, la celebración de la navidad solo incluía unas visitas a las iglesias y los cánticos de los villancicos. No obstante, en 1914 se gestó la primera agrupación de pastoras de navidad en el pueblo de Huañec, quienes además de entonar los villancicos, organizaban una danza en honor al nacimiento del niño Jesús. La danza de las referidas pastoras se presentó por primera vez en la fiesta de Navidad de 1914 en Huáñec, siendo una adaptación de Mercedes Porras Ysla. Se tomaron elementos de los denominados bailes de salón de la Lima de inicios de la República, los mismos que eran muy difundidos entre la clase media y la aristocracia limeña, a la que pertenecían varias familias huañinas. A partir de ello, podría asumirse que la Danza de las pastoras se inspiró en buena parte en la música y algunos elementos de la danza de pallas, que se presentaba en la temporada de navidad en Lima;
Que, sobre la base de las distintas fuentes expuestas, puede indicarse que la Danza de las pastoras yauyinas tiene un origen mestizo, que refleja el sincretismo cultural de los pueblos de Yauyos. Tendría sus antecedentes más antiguos en la danza del Aylle, que se realizaba hasta las primeras décadas del siglo XX para celebrar las lluvias y las siembras, y habría sido adaptada por Mercedes Porras Ysla en Huáñec en 1914, dándose paso a la Danza de las pastoras para celebrar el nacimiento del Niño Jesús y la fe católica. Del mismo modo, la Danza de las pastoras tomaría elementos de la danza de las pallas, tanto de las pallas antiguas que se bailaba en toda la provincia de Yauyos, como de la danza de las pallas de navidad o Huañas, que se bailaba en los pueblos de la costa;
Que, en lo que respecta a la temporalidad con la que se presenta la Danza de las pastoras yauyinas, las festividades se inician oficialmente el 8 de diciembre en el pueblo de Omas, con motivo de la celebración a la Virgen Purísima, y culminan en 2 de febrero, con motivo de la celebración a la Virgen de la Candelaria en los pueblos de Ayavirí, Ayauca, Putinza, Quirimán y la ciudad de Yauyos. En este periodo, las fechas centrales en común son la Navidad (25 de diciembre) y la Bajada de Reyes (6 de enero). Cabe indicar que los meses de diciembre y enero coinciden con la época de lluvias, elemento fundamental de los orígenes de la Danza de las pastoras yauyinas;
Que, se distinguen diez personajes en la Danza de las pastoras yauyinas: i) el principal es la pastora, que representa a una de las pastoras que acude al nacimiento del niño Jesús; ii) el sonajero, quien dirige los pasos de baile a golpe de sonaja; iii) el curco viejo, que representa a un anciano o el espíritu de un ancestro; iv) la camarada, mama o vieja, encarnada por un varón que se autoproclama burlescamente como madre de las pastoras; v) el curco caballero, presente solo en el pueblo de Ayavirí, representa la masculinidad tradicional y viste de militar; vi) la chacuma, cazador que viste con las cabezas y las pieles de los animales que ha cazado; vii) la gata, presente solo en el pueblo de Ayavirí, y que representa a los animales silvestres; viii) la pichicha, presente solo en el pueblo de Ayavirí, y que se caracteriza porque lleva una máscara de madera y dos objetos que simulan ser sus testículos; ix) mayordomo y mayorala, pareja organizadora de la festividad que acompaña a las pastoras; x) maestraza, presente solo en el distrito de Carania, es una adulta mayor vestida como pastora, quien enseña los cánticos y los pasos básicos de la danza a las pastoras más jóvenes;
Que, en lo que se refiere a la indumentaria propia de la Danza de las pastoras yauyinas, se emplean las siguientes prendas y accesorios: i) cotón o castilla, túnica sin mangas que se extiende hasta las rodillas y que es, generalmente, de color azul; ii) blusa blanca, de manga larga; iii) anaco prenda rectangular, confeccionada con paño de color negro; iv) pañuelos rectangulares con bordados florales, de mariposas o de colibríes, que penden de la cintura de la pastora; v) bayetilla o mantilla, prenda que se utiliza desplegada del hombro hacia la cintura, en forma oblicua; vi) pechera, especie de pañuelo que va abrochado alrededor del cuello, de color blanco y adornado con blondas del mismo color (solo se usa en los distritos de la zona noroeste); vii) faja, hecha en telar a mano, permite fijar los pañuelos a la altura de la cintura y ajustar el anaco; viii) cintas, por lo general de múltiples colores, que se colocan en los hombros abrochadas con una flor (elaborada con las mismas cintas); ix) sombrero confeccionado con paja macora, decorado con una cinta que, generalmente, es de color negro; x) prendedor de plata, que se utiliza para fijar o ajustar la bayetilla a la cintura; xi) collares hechos con perlas o con plata; xii) zapatos de cuero color negro, con taco cinco; xiii) medias cubanas blancas (solo se usan en los pueblos de Ayauca, Huacta y Quinches); xiv) shucuy, sandalias hechas de cuero sin curtir, con bordes adornados con hilos multicolores; xv) cordones, cintas bordadas a mano que se colocan sobre el anaco (solo se ve este detalle en Tauripampa); xvi) azucena, pieza hecha con caña seca o carrizo forrado de color verde, en cuyo extremo superior de colocan flores hechas con papel metálico y largos listones de colores, también de papel metálico. En algunos pueblos, se utilizan las azucenas hechas con flores de tela;
Que, por otra parte, las orquestas modernas de músicos para la Danza de las pastoras yauyinas se componen por un arpista, dos violinistas y dos flautistas. También, los acompaña un músico que toca el güiro metálico. Cabe mencionar que la flauta que utilizan está hecha de carrizo con embocadura, elaborada a partir de la caña de río seca. En su cuerpo, esta flauta tiene seis agujeros. En el caso del güiro, este es un instrumento de percusión que se raspa con una especie de tenedor con muchas púas largas sobre una superficie acanalada y metálica. El güiro se empezó a tocar como reemplazo de los cascabeles que se empleaban inicialmente;
Que, la coreografía de la Danza de las pastoras yauyinas se divide en tres momentos principales, los que se desarrollan en todos los pueblos por igual. El primer momento es el pasacalle, el cual consiste en un recorrido, desde el punto de encuentro hasta el lugar donde se llevará a cabo la adoración al Niño Jesús. El segundo momento es la mudanza, que es la parte central de la coreografía y tiene lugar frente a las iglesias, donde se ejecuta al salir de la misa de Navidad, de Bajada de Reyes o de la Virgen de Candelaria. No existe una sola mudanza, pues esta consiste en varios movimientos que se agrupan y se complementan. El tercer momento es la quimba, quimbia o fuga, que ocurre luego de que las danzantes hayan dado vueltas por el centro de la plaza o de un local, para luego formarse en dos o más filas. Este momento de la coreografía se produce frente a las iglesias en Navidad, mientras que, para Bajada de Reyes, sucede cuando se desarrolla la tradicional Bajada de Belén;
Que, asimismo, es importante resaltar la importancia de las Juntas y Sociedades para el financiamiento, organización, desarrollo y sostenimiento de las festividades, durante las cuales se presenta la Danza de las pastoras yauyinas. Al respecto, en toda la provincia de Yauyos se ha identificado la existencia de sesenta y nueve Juntas o Sociedades de pastoras, siendo los pueblos de Omas, Quinocay, Quinches, Ayavirí y Tauripampa los que concentran a la mayor cantidad de estas. Sobre su funcionamiento, cada año, al menos un mes antes de la festividad de las Pascuas de Navidad, las diversas Juntas se organizan y delegan a cada miembro una función dentro de la festividad. Una de estas funciones es formar la agrupación de pastoras, por lo que deberán buscar entre las hijas, sobrinas, nietas y nueras de los miembros de las Juntas. La adhesión de alguna pastora a una agrupación también puede ser voluntaria. Dentro de la Junta, cada pastora será instruida por las pastoras más antiguas, quienes le enseñarán los movimientos, cantos y valores de la danza. En el pueblo de Carania, por su parte, las personas encargadas de enseñar a las pastoras más jóvenes son las Maestrazas;
Que, sobre la expansión de la Danza de las pastoras yauyinas, esta expresión cultural puede verse fuera de Yauyos, tal como ocurre en la ciudad de Lima, donde destacan las siguientes asociaciones de pastoras: i) Asociación Provincial Pastoras Yauyinas; ii) Juventud de San Joaquín; iii) Agrupación Folklórica San Antonio de Padua, Tanta – Yauyos; iv) Agrupación Folklórica Corpus Christi Huáñec – Yauyos; v) Asociación San Antonio de Quirimán; vi) Asociación Folklórica Allauca, Yauyos – Lima; vii) Agrupación Folklórica Nueva Esperanza Ayavirí; viii) Agrupación Folklórica Yauyinitas de Corazón Grande – Residentes en Lima; ix) Agrupación Pastoras Putinza; x) Asociación Cultural Juventud de Carania; xi) Representativa Huacta. Además, se ha identificado que, en la ciudad de Lima, existen treinta y seis agrupaciones de residentes, las que cada año organizan la presentación de la Danza de las pastoras Yauyinas. Estas agrupaciones están conformadas por residentes procedentes de Ayaviri, Allauca y sus anexos, Carania, Cochas, Huañec, Omas, Pilas, Putinza, Quinches y sus anexos, San Joaquín, Tamará, Tanta y Yauyos. Por su parte, existen un total de veintitrés Juntas entre las provincias de Cañete y Huarochirí, en la región Lima, y las provincias de Jauja y Huancayo, en la región Junín. En lo que respecta al extranjero, se han identificado dos agrupaciones de pastoras en España (Agrupación Folclórica Noroeste Yauyos Madrid – España y Artesanías Hanan Yauyos – Perú), una en Italia (Agrupación Pastoras Yauyinas en Roma – Italia) y una en Estados Unidos (Agrupación Pastoras Yauyinas en USA);
Que, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, cabe resaltar la importancia y significado que la Danza de las pastoras yauyinas adquiere para la colectividad. En primer lugar, esta manifestación cultural expresa la fe cristiana, ya que se realiza en un contexto religioso, especialmente para celebrar el nacimiento del niño Jesús. En segundo lugar, la Danza de las pastoras yauyinas se ejecuta cuando se dan inicio a las primeras lluvias, las que anuncian el comienzo del ciclo agrícola. Ello ocurre porque esta danza es una reminiscencia de las antiguas danzas, incluso de origen prehispánico, que los antiguos pueblos yauyinos realizaban para celebrar la fertilidad de la tierra. Así, la Danza de las pastoras yauyinas es un ejercicio de afirmación cultural local. En tercer lugar, esta danza contribuye a la existencia de Juntas y Sociedades que, además de las festividades de diciembre, tienen a su cargo velar por la seguridad de los miembros, garantizando de esta manera la vida y el respeto de los valores tradicionales de la organización comunal;
Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000048-2023-DPI-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de la expresión cultural Danza de las pastoras yauyinas, de la provincia de Yauyos, departamento de Lima, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;
Con el visto de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la expresión cultural Danza de las pastoras yauyinas, de la provincia de Yauyos, departamento de Lima, como Patrimonio Cultural de la Nación, en virtud de la importancia y significado que esta manifestación tiene tanto para la construcción de la identidad cultural local, como para el fortalecimiento de la memoria histórica y del sentido de pertenencia de la población yauyina.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000048-2023-DPI-CAG/MC.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución y el Informe N° 000048-2023-DPI-CAG/MC a la Municipalidad Provincial de Yauyos y a la Asociación Provincial Pastoras Yauyinas para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2246276-1
No hay comentarios:
Publicar un comentario