ANDINA/Jack Ramón |
Lima, jul. 02 (ANDINA).
Hoy entra en vigencia la Ordenanza 1599 que regula el transporte
público de personas en Lima Metropolitana y contribuye a la
implementación del Sistema Integrado de Transporte, a fin de garantizar
condiciones de calidad y seguridad en este servicio.
Esta
norma es de cumplimiento obligatorio para todas las empresas,
conductores y cobradores que prestan servicio en la capital, así como
para los órganos de línea y de gestión de la municipalidad
metropolitana.
Los aspectos que aborda esta Ordenanza tienen que
ver con las autoridades competentes, los mecanismos para el otorgamiento
de concesiones para la prestación del servicio, declaración de áreas o
vías saturadas, y las condiciones de acceso al servicio de transporte
público.
También establece la antigüedad máxima de acceso y
permanencia de los vehículos de transporte público, al igual que las
características y especificaciones técnicas del Bus Patrón, vehículo que
prestará servicio en los corredores complementarios y de aproximación.
Otros
temas comprendidos en la norma edilicia tienen que ver con las
condiciones técnicas, operacionales y legales de los vehículos que
prestan servicio público, así como las obligaciones de la empresa
autorizada y de los usuarios, y los derechos de los pasajeros.
El
régimen de fiscalización, determinación de la responsabilidad y medios
probatorios, infracciones, sanciones aplicables y medidas preventivas,
así como el procedimiento sancionador, forman igualmente parte de la
Ordenanza 1599.
La Ordenanza 1599 incluye una tabla con 74
infracciones codificadas y las respectivas sanciones que se aplican
según se trate de la empresa autorizada, del propietario del vehículo,
del conductor y cobrador, así como del operador de la infraestructura
complementaria de transporte terrestre.
Luego de una reunión en la
Mesa Técnica de Transporte Urbano en la que participan funcionarios de
la municipalidad de Lima y representantes de las empresas de transporte,
se acordó que 13 sanciones no entrarán en vigencia hasta que tengan una
reglamentación técnica.
Entre estas sanciones se encuentran las
referidas a la manipulación de la radio por parte de los choferes de
transporte público mientras conducen; y la prestación del servicio con
conductores y cobradores que cuenten con credencial suspendida o
cancelada.
Asimismo, cuando los conductores excedan la jornada máxima –de cinco horas continuas- de conducción establecida, entre otras.
En
esta norma se aumenta la sanción de infracciones como el “correteo”,
principal causa de accidentes de tránsito, que ahora tiene una multa de
3,650 nuevos soles y antes era diez veces menor.
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