domingo, 2 de septiembre de 2012

PCM designa nuevos miembros del Tribunal del INDECOPI


Mediante Resolución Suprema N°271-2012-PCM publicada el día 26 de agosto del Pte. en el Diario Oficial El Peruano, la Presidencia del Consejo de Ministros designó a nuevos integrantes del Tribunal del Indecopi, quedando conformado la Sala de Defensa de la Competencia N° 2:

- Julio Baltazar Durand Carrión, 
- Javier Francisco Zúñiga Quevedo, 
- Ana Asunción Ampuero Miranda,
- Alejandro José Rospigliosi Vega y
- Hernando Montoya Alberti.

Debemos de tener en cuenta qué:

1.- Miembros anteriores de la Sala de Defensa de la Competencia N° 2 del TRIBUNAL DEL INDECOPI, en el mes de abril próximo pasado, mediante 12 Resoluciones de Segunda Instancia Administrativa, resolvieron ilegalmente que 18 notarios (11 del Cusco y 7 de Tacna denunciados por la DEFENSORIA DEL VECINO) “son proveedores infractores pero que los mismos no tienen responsabilidad”; dejando sin efecto las sanciones y multas -impuestas por la primera instancia- y se les “exoneró” del pago de costas y costos que las Comisiones de las Oficinas Regionales de Cusco y Tacna, con justicia impusieron.

2.- Ha quedado acreditado que, los miembros anteriores de la Sala 2, al REVOCAR la decisión de la primera instancia y en consecuencia declarar INFUNDADAS nuestras denuncias, por analizar una cuestión no controvertida e ir más allá de lo peticionado en la apelación, en tanto, los 18 notarios denunciados NO invocaron ninguna causal de justificación, vulnerando disposiciones contenidas en la Ley 27444, el Código Procesal Civil y la Constitución Peruana.

3.- Los miembros anteriores de la Sala 2 crearon supuestos de exención de responsabilidad no contemplados en la Ley 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor.

4.- Con fecha 03 de junio pasado, se dirigió sendas cartas al Presidente de la República, al Presidente del Consejo de Ministros, al Presidente de la CODECO, AL Presidente del Indecopi, así mismo se publica en el Diario La Primera, un comunicado de posición ante las 12 resoluciones de la Sala, solicitando la remoción de todos los miembros de la Sala 2 del Tribunal del Indecopi, cartas y comunicado que contó con las adherencia de 20 asociaciones de consumidores: Asociación Andina de Defensa de Consumidores y Usuarios – AADECC – Cusco, Asociación Civil Constructores de Paz – Tacna, Asociación Civil Defensoría del Vecino – Ica, Asociación Civil Instituto Para el Desarrollo Jurídico y Social Defensor de Consumidores y Usuarios del Perú – Ica, Asociación de Consumidores y Usuarios de la Prov. De Chincha “ASCUCH”, Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios de Telecomunicaciones “CONSUTEL” – Lima, Asociación de Defensa de los Consumidores, Usuarios y Deudores del Sistema Financiero de la Zona Sur – Ilo – Moquegua, Asociación de Protección al Usuario “APU” – Lima, Asociación de Usuarios del Servicio Eléctrico de Arequipa ADUSELA, Asociación en Defensa de los Derechos del Consumidor - San Francisco – Arequipa, Asociación Instituto del Derecho Ordenador del Mercado "IDOM" – Lima, Asociación Internacional de Consumidores y Usuarios de Seguros “AINCUS” – Lima, Asociación Nacional de Consumidores del Perú “ANAC” – Lima,Asociación para la Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios de Ayacucho, Asociación Proconsumidores del Perú “PROCONSUMIDORES” – Lima, Asociación Regional de Defensoría del Vecino – Huacho, Centro de Protección al Consumidor – Lambayeque, Defensoría del Consumidor “ADEC” – Piura, Defensoría del Vecino de Ucayali y Liga de Consumidores y Usuarios del Perú – Lima.

5.- Con fecha 08 de junio pasado se solicitó al Tribunal del Indecopi para que de oficio declare la nulidad de las 12 resoluciones que ilegalmente favorece a los notarios, Al amparo del artículo 10° de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General concordante con la Directiva Nº 002-2001/TRI, por considerar que se ha agraviado el interés público. Solicitud que los recientes miembros designados de la Sala, resolverán.

La DEFENSORIA DEL VECINO espera que los nuevos miembros designados de la Sala 2 del Tribunal del Indecopi tiene la oportunidad de revertir las absurdas e insólitas decisiones de los tristemente recordados miembros anteriores, que viene generando un grave precedente para que muchos proveedores (infractores) “negocien” y obtengan -a su favor- extrañas indulgencias, vía éste tipo de decisiones “blandas” y vergonzantes.

A las hermanas asociaciones, la unión fortalece la lucha consumerista.

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