martes, 23 de febrero de 2016

Conforman Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades


  • Ministerio de Salud
ANDINA/Difusión
Lima, feb. 23. El Ministerio de Salud (Minsa) conformó el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), en tanto se apruebe su Manual de Operaciones, según establece una Resolución Ministerial publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Según la norma, el CDC cuenta con las siguientes Unidades Funcionales: Centro de Inteligencia Sanitaria; Centro de Vigilancia en Salud Pública; Centro de Prevención y Control de Enfermedades Transmisibles; Centro de Control de Riesgos y Respuesta a Brotes Epidémicos; Centro de Salud Internacional y Enlace; y el Centro de Respuesta de Emergencias y Desastres.

Las funciones asignadas a las Unidades Funcionales mencionadas y que están vinculadas a las funciones que realizaba la Dirección Ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) continuará ejerciéndose en esa entidad, mientras se concluya el proceso de implementación del CDC.

Por su parte, las funciones establecidas que están vinculadas a las funciones que realizaba la Dirección de Movilización y Defensa Civil de Oficina General de Defensa Nacional, se mantienen en la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, mientras se concluya el proceso de implementación del CDC.

Las funciones que realizaba la Estrategia de Enfermedades Transmisibles, de la Dirección General de Salud de las Personas, seguirán a cargo de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, mientras se concluya el proceso de implementación del CDC.

La norma dispone que el director general del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, de ser necesario, conforme equipos de trabajo para el eficiente desarrollo de las funciones asignadas a las unidades funcionales antes señaladas.

La Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de manera temporal y en tanto se implemente la Dirección de Salud Ocupacional en la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, estará a cargo de la ejecución de las actividades y acciones vinculadas con las funciones asignadas a la mencionada Dirección de Salud Ocupacional en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.

La norma lleva la rúbrica del ministro de Salud, Aníbal Velásquez Valdivia. ANDINA

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